En efecto, las SIA´s son personas jurídicas que autoriza
Como obligaciones principales de las SIA´s en desarrollo de una operación de comercio exterior se pueden señalar las siguientes:
· Suscribir y presentar declaraciones de importación, exportación y tránsito, en la forma establecida legalmente,
· Responder por la veracidad y exactitud de los datos consignados en las declaraciones que suscribe y presenta, entendiéndose por tal que los datos de las declaraciones deben coincidir con los datos que aparecen en los documentos soporte que le suministran los titulares de las importaciones, exportaciones o los transportadores por cuenta de estos,
· Liquidar y cancelar los tributos aduaneros y multas a que hubiere lugar,
· Contar con todos los documentos soporte de las declaraciones al momento de su presentación y conservar dichos documentos durante un período de cinco (5) años.
En este orden de ideas, cuando el numeral 1.1. del artículo 482 del decreto 2685 de 1999, califica como falta gravísima el hecho de que

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